Conciliación

La conciliación es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan la solución de sus diferencias y encuentran la manera de resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio para ambas partes, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.

Como conciliador contribuye a resolver de manera directa y amistosa los conflictos que surgen de una relación contractual o que involucre la voluntad de las partes, de esta manera se da por terminadas las diferencias que pudieran existir suscribiendo lo acordado en un acta conciliatoria. El acuerdo logrado a través de un proceso de conciliación, sí tiene consecuencias jurídicas, y su incumplimiento puede derivar en un proceso de demanda judicial.

De esta manera, la visión de la conciliación como institución jurídica la enmarca dentro de una modalidad de resolver conflictos desistibles, transigibles o determinados como conciliable por la ley, y también constituye en una nueva forma de terminación de procesos judiciales.

En general la conciliación se presenta como una oportunidad que la ley otorga a las partes para que restablezcan sus ánimos a través de una figura que puede ser de carácter judicial o extrajudicial y a la que voluntariamente se someten a raíz de un conflicto con el fin de darle existencia a un acto siempre que los derechos sean susceptible de transacción, desistimiento o conciliación.

Mediación

Como mediador nos regimos por el principio de neutralidad, buscando un acuerdo consensuado y aceptado por las partes.

Mediante el servicio de mediación que ofrecemos, destacamos la importancia de la revalorización y el reconocimiento con un enfoque transformador, ayudando a las personas que se encuentran en una situación de conflicto o controversia a comunicarse entre ellas, a comprender sus respectivas posiciones y a encontrar soluciones creativas cuyo acuerdo satisfaga las necesidades de todos; alentamos a las partes interesadas a tratar de encontrar una posición común; se reconoce y respeta el hecho de que cada persona tiene su propio punto de vista.

La mediación es una forma de resolver conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador. Los mediadores no son jueces ni árbitros, no imponen soluciones ni opinan sobre quién tiene la verdad, lo que buscan es satisfacer las necesidades de las partes en disputa, regulando el proceso de comunicación y conduciéndolo por medio de determinados pasos en los que, si las partes colaboran, es posible llegar a una solución en la que todos ganen o, al menos, queden satisfechos.

La mediación es VOLUNTARIA, es CONFIDENCIAL, y está basada en el DIÁLOGO.

Arbitraje

Ciro Añez es postgraduado en Arbitraje Interno e Internacional por la Universidad de Valencia (España) y es coautor del libro “Tratado de Arbitraje” (análisis del Derecho Español y del Derecho Boliviano. Dirigido por la Prof. Dra. Dra. H.c. Silvia Barona Vilar, Catedrática de Derecho Procesal, Universitat de València, España) además cuenta con otros artículos sobre la materia.

En ésta área, ofrece el servicio de abogado de parte (para personas particulares y empresas) en los procedimientos arbitrales en los éstos que se encuentren o estén por iniciarlo.

El arbitraje, en Derecho, es una forma de resolver un litigio sin acudir a la jurisdicción ordinaria. Es una estrategia de resolución de conflictos junto a la negociación, mediación y conciliación.

Las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, y que será el encargado de resolver el conflicto. El árbitro, a su vez, se verá limitado por lo pactado entre las partes para dictar el laudo arbitral. Deberá hacerlo conforme a la legislación que hayan elegido las partes, o incluso basándose en la simple equidad, si así se ha pactado.

Cuando un arbitraje se ajusta a la legalidad, sustituye completamente a la jurisdicción ordinaria, que deberá abstenerse de conocer el litigio. Sin embargo, sí que será necesario acudir a la misma cuando sea necesaria la intervención de las autoridades para hacer cumplir el laudo arbitral.

Entre las ventajas del arbitraje se encuentran su celeridad, su flexibilidad y el hecho de que se pueden pactar los costes con anterioridad.